
Kant
La Metafísica de las Costumbres (resumen prólogo, cap I y cap II)
Prólogo
En la Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres, Kant realiza una distinción entre las ciencias:
Conocimiento racional
1. O es material (y considera algún objeto).
2. O es formal ( y se ocupa de la forma del entendimiento y de la razón misma y de las reglas universales del pensar en general, sin distinción de objetos).
Leyes
1. Leyes de la Naturaleza; su ciencia es la física o teoría de la naturaleza.
2. Leyes de la Libertad; su ciencia es la ética o teoría de las costumbres.
Filosofía Moral:
1. Tiene parte empírica.
2. Debe determinar las leyes de la naturaleza como un objeto de la experiencia.
3. Se consideran como leyes por las cuales todo sucede.
Filosofía Empírica:
1. Tiene parte empírica.
2. Debe determinar las leyes de la voluntad del hombre, en cuanto el hombre es afectado por la naturaleza.
3. Leyes según las cuales todo debe suceder, aunque esto no siempre se cumpla.
Filosofía empírica: filosofía que arraiga sus fundamentos de la experiencia.
Filosofía pura: presenta sus teorías derivándolas de principios a priori. Si es meramente formal es lógica. Si se limita a determinados objetos del entendimiento, se llama Metafísica.
Que tiene que haber una filosofía moral pura, que esté libre de lo empírico se advierte por la idea común del deber y de la obediencia. Para que una ley valga moralmente, es decir, sea fundamento de una obligación, tiene que tener una necesidad absoluta, por tanto sus fundamentos no deben buscarse en la naturaleza del hombre o en lo empírico, sino a priori exclusivamente en conceptos de la razón pura.
Una metafísica de las costumbres es necesaria:
1. Para descubrir el origen de los principios prácticos que están a priori en nuestra razón.
2. Porque las costumbres están expuestas a una serie de corrupciones.
Capítulo primero
Kant comienza la “Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres” diciendo: “Ni en el mundo, ni, en general tampoco fuera del mundo , es posible pensar nada que pueda considerarse como bueno sin restricción, a no ser tan sólo una buena voluntad”.
Los talentos del espíritu (entendimiento, juicio, etc.) son deseables y buenos, pero si la voluntad que hace uso de estos dones no es buena, entonces pueden ser dañinos. La inteligencia se la puede usar tanto para hacer el bien como para el mal, por eso, sólo es buena relativamente. La buena voluntad, en cambio es absolutamente buena, no es buena por lo que realice o para alcanzar algo, es buena sólo por el querer. Ella es mejor que la suma toda de las inclinaciones. La buena voluntad no es buena por lo que se efectúe o por lo que se realice, sino que es buena en sí misma (valor absoluto de la mera voluntad). La razón es su directora.
Se admite como principio, en las disposiciones naturales de un ser organizado, un instrumento dispuesto para un fin, que es el fin propio de la naturaleza del individuo. Éste no es ni la conservación ni la felicidad, ya que si ésta fueran los fines, la naturaleza habría otorgado otros medios para alcanzarlos. Este fin es la razón, que es propósito y fin de la existencia. La razón es un facultad práctica. El destino de la razón es el de producir una voluntad buena, no como medio, sino buena en sí misma. Esta voluntad ha de ser supremo bien y condición de cualquier otro bien, incluso del deseo de felicidad.
Para desarrollar el concepto de voluntad digna, se debe considerar el concepto de deber, que contiene el de una voluntad buena (aunque bajo ciertas restricciones y obstáculos subjetivos). Hay actos que por muy conformes que sean al deber, no tienen una valor moral verdadero y corren parejas con las inclinaciones; a estas máximas les falta contenido moral:
Postulados:
1. Tales acciones deben ser hechas no por inclinación, sino por deber.
2. Una acción hecha por deber tiene su valor moral, no en el propósito que por medio de ella se quiere alcanzar, sino en la máxima por la cual ha sido resuelta. Depende del principio del querer, prescindiendo de todos los objetos de la facultad de desear. El valor reside en el principio de la voluntad. La voluntad puesta entre su principio a priori -que es formal- y su resorte a posteriori -que es material- se encuentra en un punto en que su determinación es dada por el principio formal del querer [si una acción sucede por deber].
3. El deber es la necesidad de una acción por respeto a la ley.
Una acción realizada por deber tiene que excluir las inclinaciones y con ésta, todo objeto de la voluntad. Lo que determina a la voluntad es:
1. Objetivamente: la ley
2. Subjetivamente: el respeto puro por esa ley práctica y por tanto, la máxima de obedecer la ley.
De acuerdo a esto tenemos, entonces 4 tipos de actos: (ver cuadro)
De estos casos, el único moralmente bueno es el cuarto, nos encontramos realizando una acción por deber.
Es en la voluntad del ser racional donde puede encontrarse el bien supremo y absoluto.
La representación de la ley en si misma es el fundamento de la determinación de la voluntad (bien moral).
Cuál es la ley que determina la voluntad?
Yo no debo obrar nunca más que de modo que pueda querer que mi máxima deba convertirse en ley universal.
La facultad práctica de juzgar es superior que la teórica en el entendimiento vulgar humano. La sabiduría necesita de la ciencia para procurar a su precepto acceso y duración. La razón ordena sus preceptos y somete a las inclinaciones. Aquí se genera la dialéctica vulgar .
La razón humana vulgar se ve empujada por motivos prácticos al campo de una filosofía práctica. Cuando se va cultivando, la razón práctica vulgar se transforma en una dialéctica inadvertida.
Capítulo Segundo
El concepto de deber no es un concepto de experiencia. Es imposible determinar por la experiencia y con certeza si la máxima de una acción, conforme con el deber, se halla basado en fundamentos morales y en la representación del deber.
Cuando se trata de valor moral, no importan las acciones que se ven, sino aquellos íntimos principios de las mismas que no se ven.
La razón por sí misma, independientemente de todo fenómeno, ordena lo que debe suceder, aún cuando su realizabilidad sea dudosa; porque los deberes, como todo deber en general reside -antes que toda experiencia- en la idea de una razón que determina la voluntad por fundamentos a priori.
La ley tiene vigencia para todos los seres racionales en general.
Reúne dos características:
1. Universalidad.
2. Necesidad: es apodíctico, es a priori.
Lo peor que se puede hacer es querer deducir la moral de ciertos ejemplos, ya que nos presentan intuitivamente lo que la ley manda universalmente. Primero conviene fundar la teoría de las costumbres en la metafísica y luego hacerla popular. Los conceptos morales tiene su origen y asiento a priori en la razón tanto en la más vulgar como en la más especulativa. No pueden ser abstraídos del conocimiento empírico, el cual es contingente.
Cada cosa en la Naturaleza actúa según leyes. Sólo un ser racional posee la facultad de obrar por la representación de las leyes (por principios); posee una voluntad. Como para derivar las acciones de las leyes se exige razón resulta que la voluntad no es otra cosa que razón práctica.
Si la razón determina la voluntad: las acciones del ser que son conocidas como objetivamente necesarias son también subjetivamente necesarias .
Si la voluntad se halla sometida también a condiciones subjetivas que no siempre coinciden con las objetivas ( la voluntad no está conforme con la razón), las acciones conocidas objetivamente como necesarias son subjetivamente contingentes.
La determinación de tal voluntad, en conformidad con las leyes objetivas se llama constricción.
La representación de un principio objetivo, que es constrictivo para la voluntad >>> mandato (de la razón), al fórmula de este mandato es el imperativo categórico.
El Imperativo Categórico
Todos los imperativos se expresan por un "debe ser" y muestran así la relación de una ley objetiva de la razón a una voluntad que no es determinada necesariamente por tal ley.
Es bueno lo que determina a la voluntad por medio de representaciones de la razón y, por causas por medio de las representaciones de la razón y por causas objetivas (por fundamentos que son válidos para todo ser racional). Lo agradable se distingue a través de la sensación (causas subjetivas), que valen para éste o aquel.
Una voluntad perfectamente buena se halla bajo leyes objetivas, pero porque ella misma según su constitución subjetiva, podría se determinada por la sola representación del bien. De aquí que para una voluntad santa no valgan los imperativos, el querer coincide con la ley. Por eso los imperativos son fórmulas para expresar la relación entre las leyes objetivas del querer en general y la imperfección subjetiva de la voluntad de todo ser racional.
La ley práctica representa una acción posible como buena y ? como necesaria para un sujeto capaz de determinarse prácticamente por la razón.
Hay un fin que puede presuponerse real en todos los seres racionales, que se tiene por necesidad que es el propósito de la felicidad.
La felicidad es un concepto indeterminado que nunca puede ser acorde y fijo. La causa de esto es que todos los elementos que pertenecen a la felicidad son empíricos, es decir se derivan de la experiencia. Sin embargo para la idea de felicidad se exige un todo absoluto, un máximun de bienestar en mi estado actual y en todo estado futuro. Para ser feliz no cabe obrar por principios determinados, sino por consejos empíricos, ya que es la experiencia quien enseña que estos consejos fomentan el bienestar. El problema “determinar con seguridad y universalidad qué acción fomente la felicidad de un ser racional” es insoluble, porque la felicidad no es un ideal de la razón sino de la imaginación, que descansa en meros fundamentos empíricos.
Los Imperativos:
Mandan, ya sea hipotéticamente, ya sea categóricamente
Son fórmulas de la determinación de la acción que es necesaria según el principio de una voluntad buena en algún modo.
Contiene la ley (la universalidad) y la necesidad de la máxima conforme a esa ley.
Imperativo Categórico o de la moralidad: Representa una acción por sí misma, sin referencia a ningún otro fin, como objetivamente necesaria. ¿Cuál es el fundamento del imperativo? La necesidad representada objetivamente no puede asentarse en ninguna suposición previa. La realidad de este imperativo no está dada por la experiencia. Es el único que se expresa en LEY práctica. Proposición sintético-práctica a priori.
Imperativo Hipotético: Representan la necesidad práctica de una acción posible, como medio de conseguir otra cosa. Dice que una acción es posible(principio problemático-práctico) o real (principio apodíctico-práctico). Se puede dividir en : 1.Imperativo de la habilidad, también podría llamarse técnico (pertenecientes al arte)
Todas las ciencias tienen alguna parte práctica que consiste en problemas que ponen algún fin como posible para nosotros y en imperativos que dicen cómo pueda conseguirse tal fin. ¿Cuál es su fundamento? En el querer ya están contenidos los medios. Ésta es una proposición analítica.
2. Imperativo asertórico o pragmático (consejos de la sagacidad)
Representa la necesidad práctica de la acción como medio para fomentar la felicidad. ¿Cuál es su fundamento? Coincidirían con los de habilidad (prop. analítica). No pueden exponer objetivamente ciertas acciones como necesarias prácticamente. Más bien son consejos.
En ambos imperativos hipotéticos: Pueden llamarse principios, pero no leyes de la voluntad porque hacen lo que es necesario como medio para conseguir un propósito. Pueden considerarse contingentes ya que con sólo renunciar al propósito quedamos libres.
Formulaciones del Imperativo Categórico
Primera Formulación: “Obra sólo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que se torne ley universal”.
Kant comienza la demostración exponiendo que la universalidad de la ley por la cual suceden efectos constituye lo que se llama naturaleza en su más amplio sentido, según la forma . Resulta de aquí que el imperativo puede formularse:
Segunda Formulación: “Obra como si la máxima de tu acción debiera tornarse por tu voluntad, ley universal de la naturaleza”.
Aquí enumera diferentes deberes que se consideran como derivables del principio único. Cuando contravenimos a un deber, vemos que realmente no queremos que nuestra máxima se torne ley universal, pues ello es imposible. Nos tomamos la libertad de hacer la excepción para nosotros, en provecho de nuestra inclinación., entones hallamos que cierto principio es necesario objetivamente como ley universal y sin embargo la ley no vale subjetivamente con universalidad. Si el deber es un concepto que debe tener significación y legislación real sobre nuestras acciones, no puede expresarse sino a través de imperativos categóricos. El deber ha de ser una necesidad práctico-incondicionada de la acción, válida para todos los seres racionales, y sólo por ello ha de ser ley para las voluntades humanas. Lo que se derive de la disposición natural de la Humanidad, de ciertos sentimientos, etc. podrá darnos una máxima, un principio subjetivo, pero no una ley. La naturaleza no puede dictar principios, porque éstos los dicta la razón y han de tener su origen a priori.
Lo empírico ha de ser considerado como adicional al principio de la moralidad y entonces inaplicable y altamente perjudicial para la pureza de las costumbres mismas, en las cuales el valor superior de una voluntad absolutamente pura consiste en que el principio de la acción esté libre de todos los influjos contingentes que la experiencia proporciona.
Si es necesaria una ley para que todos los seres racionales juzguen su accionar según máximas de tal modo que puedan querer que sirvan como leyes universales, entonces habrá de estar enlazada con el concepto de voluntad de un ser racional en general. Más para descubrir tal enlace hace falta entrar en la metafísica de las costumbres, en una filosofía práctica en donde se trata de admitir leyes de lo que sucederá, aún cuando ello no suceda nunca., esto es leyes objetivas prácticas. Si la razón por sí sola determina la conducta ha de hacerlo a priori.
La voluntad es pensada como una facultad de determinarse uno a sí mismo a obrar conforme a la representación de ciertas leyes.
El fin es lo que le sirve a la voluntad de fundamento objetivo de su autodeterminación y éste debe valer para todos los seres racionales.
Lo que constituye el fundamento de la posibilidad de la acción cuyo efecto es el fin se llama medio.
El resorte es el fundamento subjetivo del deseo.
El fundamento objetivo del querer es el motivo.
Por eso se hace distinción entre los fines subjetivos que descansan en resortes y los fines objetivos que van a parar a motivos y valen para todo ser racional.
Heteronomía de la voluntad: principio según el cual el mandato está condicionado a cierto interés.
Autonomía de la voluntad: concepto opuesto.
Principios prácticos
Formales: cuando hacen abstracción de todos los fines subjetivos.
Materiales: cuando consideran ciertos fines subjetivos, ciertos resortes.
Suponiendo que haya algo cuya existencia en sí misma posea un valor absoluto, entonces en ello se encontraría el fundamento de la ley práctica. Kant dice que el hombre y en general, todo ser racional, existe como fin en sí mismo, no sólo como medio para usos cualesquiera. Todos los objetos de las inclinaciones tienen un valor condicionado. Los seres cuya existencia no descansa en nuestra voluntad, sino en la naturaleza tienen si son seres irracionales, un valor meramente relativo, como medios, por eso se llaman cosas; en cambio, los seres racionales se llaman personas porque su naturaleza los distingue como fines en sí mismos (fines objetivos). En su lugar no puede ponerse otro fin para el cual ellas debieran de servir de medios. Si ha de haber un principio práctico supremo y un imperativo categórico respecto de la voluntad humana, constituirá un fin en sí mismo, siendo un principio objetivo de la voluntad humana >>> la naturaleza racional existe como fin en sí mismo. De donde se deriva:
Tercer Formulación: ”Obra de tal modo que uses la humanidad, tanto en tu persona como en la persona de cualquier otro como un fin al mismo tiempo y nunca solamente como un medio”
Este principio de la Humanidad y de toda naturaleza racional como fin en sí mismo , no se deriva de la experiencia, por:
1. Su universalidad.
2. En él la Humanidad es representada no como fin del hombre –subjetivo- sino como fin objetivo, condición suprema limitativa de todos los fines subjetivos y por tanto, debe originarse en la razón pura.
3. Idea de la voluntad de todo ser racional como una voluntad universalmente legisladora.
Reino de los fines
Por reino Kant entiende “el enlace sistemático de distintos seres racionales con leyes comunes. Si prescindimos de las diferencias personales de los seres racionales y de todo contenido de sus fines privados podrá pensarse un todo de todos los fines en enlace sistemático. Todos los seres racionales están sujetos a una ley por la cual cada uno de ellos debe tratarse a sí mismo y a los demás nunca como simple medio sino al mismo tiempo como fin en sí mismo. De aquí nace un enlace sistemático de los seres racionales por leyes objetivas comunes. Un reino que se propone referir esos seres unos a otros como fines y medios, puede llamarse un reino de los fines.
Un ser racional pertenece al reino de los fines como miembro cuando forma parte como legislador universal, pero también sujeto a esas leyes. Pertenece al reino como jefe cuando como legislador no está sometido a ninguna voluntad de otro; no puede ocupar este puesto por sólo la máxima de su voluntad, sino cuando sea un ser totalmente independiente, sin exigencia ni limitación de una facultad adecuada a la voluntad.
La moralidad consiste en la relación de toda acción por al cual es posible un reino de los fines.
Si las máximas no son por su propia naturaleza acordes con ese principio objetivo de los seres racionales universalmente legisladores, entonces la necesidad de la acción según ese principio se llama deber . El deber no se refiere al jefe, pero si a todo miembro. El deber no descansa en sentimientos o inclinaciones, sino en la relación de los seres racionales entre sí. La razón refiere toda máxima de la voluntad como universalmente legisladora a cualquier otra voluntad sólo por la idea de la dignidad de un ser racional que no obedece a ningún otra ley que aquella que se da él mismo.
En el reino de los fines todo tiene un precio o una dignidad aquello que tiene precio puede ser sustituido por algo equivalente; en cambio lo que se halla por encima de todo precio y por tanto, no admite nada equivalente tiene una dignidad .
La moralidad es la condición bajo la cual un ser racional puede ser fin en sí mismo, porque sólo por ella es posible ser legislador en el reino de los fines.
La autonomía es el fundamento de la dignidad de la naturaleza humana y de toda naturaleza racional.
Todas las máximas tienen:
1. Una forma, que consiste en la universalidad. El imperativo se expresa diciendo que las máximas tienen que ser elegidas como si debieran valer de leyes universales naturales.
2. Una materia, esto es un fin, entonces: el ser racional debe servir como fin por su naturaleza y, por tanto, como fin en sí mismo.
3. Una determinación integral de todas las máximas por medio de la fórmula: que todas las máximas por propia legislación debe concordar en un reino posible de los fines, como un reino de la naturaleza.
Con esto Kant cierra el concepto y dice “... La voluntad es absolutamente buena cuando no puede ser mala y por tanto, cuando su máxima al ser transformada en ley universal, no puede nunca contradecirse”. Como la validez de la voluntad como ley universal para acciones posibles tiene analogía con el enlace universal de la existencia de las cosas según leyes universales, que es en general lo formal de la naturaleza, resulta que el imperativo categórico puede expresarse: obra según máximas que puedan al mismo tiempo tenerse por objeto a sí mismas, como leyes naturales universales. Así está constituida la fórmula de una voluntad absolutamente buena.
La voluntad cuyas máximas concuerden necesariamente con las leyes de la autonomía es una voluntad santa, absolutamente buena.
La autonomía de la voluntad como principio supremo de la moralidad. La autonomía de la voluntad es la constitución de la voluntad por la cual es ella para sí misma una ley -independientemente de cómo estén constituidos los objetos del querer-. El principio de la autonomía es que las máximas de la elección, en el querer mismo, sean al mismo tiempo incluidas como ley universal.
La heteronomía de la voluntad como origen de todos los principios ilegítimos de la moralidad. Cuando la voluntad busca la ley que debe determinarla en algún punto que no en la aptitud de sus máximas para su propia legislación universal, y por tanto, en la constitución de algunos de sus objetos, se produce heteronomía.
División de todos los principios de la moralidad según el supuesto concepto fundamental de la heteronomía.
Los principios que pueden adoptarse desde este punto de vista son: Empíricos y Racionales.
Empíricos
Derivados del principio de la felicidad, se asientan en el sentimiento físico o en el sentimiento moral. No sirven nunca para fundamentos de la ley moral, pues la universalidad desaparece cuando el fundamento de ella se deriva de la constitución de la naturaleza humana. El principio de la propia felicidad es el más rechazado, no sólo porque es el más falso, sino porque reduce la moralidad a resortes, juntando en una misma clase los motores que impulsan a la virtud con los que impulsan al vicio, borrando las diferencias que existen.
Racionales
Derivados del principio de perfección. Se asientan en el concepto racional de la perfección como efecto posible o en el concepto de una perfección independiente (la voluntad de Dios) como causa determinante de nuestra voluntad. Entre los principios racionales de la moralidad hay que preferir el concepto ontológico de la perfección. Este principio es mejor que el concepto teológico que deriva la moralidad de una voluntad divina perfectísima, no sólo porque no podemos intuir la perfección divina y sólo podemos deducirla de nuestros conceptos(moralidad)sino porque si no hacemos esto no nos queda más concepto que el que deriva la voluntad divina de las propiedades de afán y dominio.
La voluntad absolutamente buena cuyo principio tiene que ser un imperativo categórico, quedará indeterminada respecto de todos los objetos y contendrá sólo la forma del querer en general, como autonomía >>> la aptitud de la máxima de toda buena voluntad para hacerse a sí mima ley universal.
¿Cómo es posible y por qué es necesaria semejante proposición práctica sintética a priori? La solución no cabe en los límites de la metafísica de las costumbres.
Mundo: Quiere decir nuestro mundo empírico; pero Kant afirma que, aún haciendo abstracción de todas las condiciones empíricas, aun si pensásemos en un mundo más allá de éste, también puede sostenerse esto: sólo la buena voluntad es absolutamente buena.
Máxima: O principio objetivo del querer (ley práctica). Es el principio subjetivo del obrar y debe distinguirse del principio objetivo o regla práctica (ley).
Sabiduría: Consiste más en el hacer y en el omitir que en el saber.
Dialéctica vulgar: Tendencia a discutir las estrechas leyes del deber, a poner en duda su validez.
Acciones subjetivamente necesarias: Esto es, la voluntad es una facultad de elegir nada más que lo que la razón, más allá de la inclinación conoce como bueno.
Naturaleza en su más amplio sentido, según la foma: Existencia de las cosas en cuanto está determinada por leyes universales
Fin en sí mismo: Condición suprema limitativa de la libertad de las acciones de todo hombre.
Deber: O constricción práctica. Necesidad práctica de obrar.
Dignidad: Aquello que constituye la condición para que algo sea fin en sí mismo, tiene un valor interno. Ej. fidelidad en las promesas, benevolencia por principio.

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